Resumen: el consulado de España en Bogotá pide demostrar 600 euros por cada mes de estancia (el 100% del IPREM de 2026), un seguro de salud sin copagos y la carta de admisión con el pago de la matrícula. Los colombianos no pagan tasa de visado. Con estudios superiores a tiempo completo puedes trabajar hasta 30 horas semanales.
España pide que demuestres 600 euros por cada mes que vayas a pasar allá. Es el 100% del IPREM, el indicador que el Estado usa para casi todos los trámites de extranjería, y en 2026 sigue en la misma cifra que desde 2023.
De ahí sale la primera cuenta que tienes que hacer. Un máster de nueve meses son 5.400 euros; un curso de un año, 7.200. Si viajas con tu pareja o con un hijo, se suma el 75% del IPREM por el primer familiar y el 50% por cada uno de los siguientes.
Lo escribimos con las cifras vigentes en octubre de 2026 y con la fuente al lado, porque los requisitos del visado de estudios cambian y en internet circula mucha guía vieja.


El dinero: cómo se demuestra
Tener el dinero y poder probarlo son dos cosas distintas, y en la segunda es donde se caen las solicitudes.
Si el dinero es tuyo, el consulado pide los seis últimos extractos bancarios con sello del banco y el detalle de movimientos, las declaraciones de renta ante la DIAN de los dos últimos años y, si trabajas, tus seis últimas nóminas o, si eres independiente, seis meses de aportes a salud y pensión.
Si te respalda un familiar, esa persona presenta los mismos documentos financieros y firma ante notario un documento de compromiso de sostenimiento. El parentesco se prueba con los registros civiles de nacimiento apostillados. También sirven una beca o un crédito educativo, como los de ICETEX o Colfuturo.
Si el alojamiento ya está pagado por adelantado para toda la estancia, la cantidad que tienes que demostrar baja.
Un saldo que aparece de golpe el mes anterior a la cita levanta preguntas. Si vas a mover dinero para el trámite, muévelo con tiempo.
Los documentos que lleva la cita
El Consulado General de España en Bogotá pide:
- Formulario de solicitud firmado, con un correo que revises de verdad, incluida la carpeta de spam: por ahí llegan los avisos y los requerimientos.
- Una fotografía reciente tamaño carné, a color y con fondo claro.
- Pasaporte con al menos un año de vigencia, dos páginas en blanco y expedido hace menos de diez años.
- Carta de admisión del centro y comprobante del pago de la matrícula.
- La prueba de medios económicos del apartado anterior.
- Seguro de salud de una aseguradora autorizada en España, con cobertura del 100%, sin carencias ni copagos, válido para toda la estancia. Los seguros de viaje no sirven.
- Certificado médico, en el modelo que publica el consulado.
- Certificado de antecedentes penales apostillado, si tu estancia supera los 180 días.
- Prueba de que vives en la demarcación del consulado.
Los ciudadanos colombianos están exentos de la tasa consular. BLS International, la empresa que recibe las solicitudes, cobra aparte su tarifa de servicio: pregúntala al agendar, porque la actualizan.


Dónde y cuándo
La solicitud se presenta en BLS International, en Bogotá, con cita previa. Sin cita no te reciben.
El consulado no fija una fecha, pero sí publica sus plazos: la autorización de estancia puede tardar hasta dos meses en resolverse en España y, si sale favorable, el consulado tiene un mes para expedir el visado. En total, el trámite puede llegar a tres meses.
Por eso conviene presentar con tres meses de margen. Y no compres el tiquete antes de tener el visado: el consulado lo recomienda así, y el tiquete no es requisito.
Trabajar mientras estudias: el matiz que casi nadie cuenta
El reglamento de extranjería que entró en vigor en mayo de 2025 permite trabajar hasta 30 horas semanales, siempre que el trabajo sea compatible con los estudios. Eso lo vas a leer en todas partes.
Lo que se cuenta menos es a quién se le aplica de forma automática. El reglamento lo da sin trámite aparte a quien cursa estudios superiores a tiempo completo: un grado, un máster u otro programa que lleve a un título de educación superior expedido por un centro reconocido en España. Ahí la propia estancia por estudios te habilita para trabajar por cuenta ajena o propia.
Un curso de idiomas no entra en ese supuesto. Si tu plan es estudiar un idioma en España y financiarlo trabajando, pregunta por escrito antes de matricularte. Es la diferencia entre un presupuesto que cuadra y uno que no.
Las prácticas que forman parte de tu plan de estudios y van firmadas por convenio entre el centro y la empresa no necesitan autorización.
Y algo que conviene saber desde el principio: tus familiares acompañantes no quedan autorizados a trabajar con esa estancia.
Si lo que buscas es justamente combinar estudio y trabajo, en estudiar y trabajar en España te contamos qué programas lo permiten.


Tres cosas que decidir antes de pedir la cita
Qué vas a estudiar, con nombre y nivel. De ahí depende si podrás trabajar sin trámite aparte, cuánto dura tu estancia y a qué puedes pasar cuando termines. Si vas por un posgrado, en maestrías y posgrados en España están los programas que manejamos.
Cuántos meses vas a estar. Los 600 euros se multiplican por cada mes de estancia, así que un programa de doce meses te pide 1.800 euros más en el extracto que uno de nueve.
Quién respalda el dinero. Si va a ser un familiar, el documento de compromiso va firmado ante notario y los registros civiles, apostillados. Las dos cosas toman tiempo en Colombia.
Qué sigue
Si ya tienes claro el programa, el siguiente paso es la carta de admisión: sin ella el consulado no abre el expediente. Te ayudamos a elegir el centro, armar el expediente y revisar que los extractos digan lo que tienen que decir.
Ninguna asesoría puede garantizarte que te aprueben el visado, y quien te lo prometa te está vendiendo algo que no controla. Lo que sí se puede es llegar a la cita sin un documento flojo.
¿Quieres saber qué programa encaja con tu perfil y tu presupuesto? Responde el perfilador: son unos minutos y llegas a la asesoría con la mitad del camino hecho.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dinero hay que demostrar exactamente?
600 euros por cada mes de estancia, que es el 100% del IPREM de 2026. Nueve meses son 5.400 euros y doce meses, 7.200. Por el primer familiar se suma el 75% del IPREM y por cada familiar adicional, el 50%.
¿Los colombianos pagan tasa de visado?
No. Los ciudadanos colombianos están exentos de la tasa consular en el visado de estudios. BLS International cobra aparte su propia tarifa de servicio.
¿Cuánto tarda el visado de estudios?
La autorización de estancia puede tardar hasta dos meses y, si sale favorable, el consulado tiene un mes para expedir el visado. El proceso completo puede llegar a tres meses, así que conviene presentar con ese margen.
¿Puedo trabajar con la visa de estudiante?
Hasta 30 horas semanales si el trabajo es compatible con tus estudios. Sin trámite aparte, solo si cursas estudios superiores a tiempo completo; en un curso de idiomas no es automático, así que confírmalo antes de matricularte.
¿Mi pareja puede trabajar si viaja conmigo?
No. Los familiares que acompañan al estudiante no quedan autorizados a trabajar durante la vigencia de su estancia.





